Tesis aislada · Décima Época · Segunda Sala
La Comisión Federal de Competencia es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Economía, creado por el legislador en el artículo 23 de la Ley Federal de Competencia Económica, con el propósito de prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas y las concentraciones, para lo cual lo dotó de diversas atribuciones, entre ellas, la prevista en el artículo 24, fracción V, de dicha ley, específicamente para resolver sobre condiciones de competencia, competencia efectiva, existencia del poder sustancial en el mercado relevante u otras cuestiones relativas al proceso de competencia o libre concurrencia. Por tanto, el artículo 33 BIS del ordenamiento citado, al establecer la posibilidad de que el procedimiento de investigación para declarar el poder sustancial que tiene un agente económico en un determinado mercado relevante se inicie de oficio, a solicitud de la autoridad correspondiente o a instancia de parte afectada, no viola el principio de legalidad ni el régimen de separación de funciones previstos, respectivamente, en los artículos 16 y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que dicha posibilidad no se traduce en una autorización para actuar fuera de los márgenes legales ni para realizar actos que correspondan al ámbito de atribuciones de otra autoridad, concretamente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones.
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Registro digital (IUS): 2004046
Clave: 2a. LIII/2013 (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXII, Julio de 2013; Tomo 1; Pág. 1118
Amparo en revisión 744/2012. Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. 17 de abril de 2013. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretaria: María Estela Ferrer Mac-Gregor Poisot.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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