FISCALES

Artículo I.3o.T.16 L (10a.). COMPETENCIA PARA RESOLVER LAS CONTROVERSIAS DERIVADAS DE LA RELACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS MIEMBROS DE LAS INSTITUCIONES POLICIALES QUE CUENTAN CON UN RANGO O GRADO DENTRO DEL SISTEMA JERÁRQUICO DE LA INSTITUCIÓN A LA QUE PERTENECEN. CORRESPONDE A UNA AUTORIDAD EN ESA MATERIA, CON INDEPENDENCIA DE LAS LABORES QUE DICHOS FUNCIONARIOS REALICEN.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

COMPETENCIA PARA RESOLVER LAS CONTROVERSIAS DERIVADAS DE LA RELACIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS MIEMBROS DE LAS INSTITUCIONES POLICIALES QUE CUENTAN CON UN RANGO O GRADO DENTRO DEL SISTEMA JERÁRQUICO DE LA INSTITUCIÓN A LA QUE PERTENECEN. CORRESPONDE A UNA AUTORIDAD EN ESA MATERIA, CON INDEPENDENCIA DE LAS LABORES QUE DICHOS FUNCIONARIOS REALICEN.

Las controversias que surjan de la relación administrativa que guardan los miembros de las instituciones policiales, que cuentan con un grado en términos de la ley o reglamento que las rige, debe ser resuelta por una autoridad en esa materia, con independencia de las labores que dichos funcionarios realicen dentro de la institución. Esto es así, porque el rango o grado forma parte del sistema jerárquico para establecer la escala de mando en las fuerzas armadas, policiales u otras organizaciones armadas o uniformadas, por ende, dicha figura sólo puede ser analizada desde la óptica del derecho administrativo. En ese orden de ideas, contar con un grado o rango implica ubicarse en un sitio dentro de la estructura jerárquica del Estado conferida a alguna rama relacionada con la seguridad nacional, de tal manera que no es acertado atender a las funciones que esos funcionarios desempeñen para establecer si la competencia es laboral o administrativa, sino a la investidura inherente al rango que como autoridades ostentan en términos de las leyes y reglamentos que rigen a la institución, pues no se está dilucidando si las actividades que la quejosa realiza son las de un trabajador de base o de confianza, ya que, con independencia de éstas, al tener un grado, forma parte del sistema jerárquico de una institución policial.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2004662

Clave: I.3o.T.16 L (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXV, Octubre de 2013; Tomo 3; Pág. 1746

Precedentes

Amparo en revisión 71/2013. Laura Olivia Hernández López. 8 de agosto de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Tarsicio Aguilera Troncoso. Secretario: Miguel Ángel Reynaud Garza.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.3o.T.16 L (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.3o.T.16 L (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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