FISCALES

Artículo 1a./J. 119/2013 (10a.). RECURSO DE INCONFORMIDAD. EL ÓRGANO JURISDICCIONAL DE AMPARO QUE CONOZCA DEL MISMO, DEBE SUPLIR LA DEFICIENCIA DE LA VÍA Y DE LOS ARGUMENTOS HECHOS VALER POR EL PROMOVENTE.

Jurisprudencia · Décima Época · Primera Sala

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Texto Legal

RECURSO DE INCONFORMIDAD. EL ÓRGANO JURISDICCIONAL DE AMPARO QUE CONOZCA DEL MISMO, DEBE SUPLIR LA DEFICIENCIA DE LA VÍA Y DE LOS ARGUMENTOS HECHOS VALER POR EL PROMOVENTE.

Del artículo 213 de la Ley de Amparo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2013, deriva que en el recurso de inconformidad, el órgano jurisdiccional de amparo debe suplir la deficiencia de la vía y de los argumentos hechos valer por el promovente, con el fin de desentrañar la verdadera intención de los recurrentes. Lo anterior es así, toda vez que los juzgadores deben interpretar el sentido de las promociones presentadas por los justiciables para determinar con precisión su voluntad, para lo cual deben considerar el escrito presentado en su integridad, tomando en cuenta la norma que, en su caso, funde su promoción, lo aducido en su escrito respecto de la vía que intentan, así como lo esgrimido en los puntos petitorios.

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Registro digital (IUS): 2005225

Clave: 1a./J. 119/2013 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [J]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 2, Enero de 2014; Tomo II; Pág. 759

Precedentes

Recurso de inconformidad 6/2013. 3 de julio de 2013. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Lorena Goslinga Remírez.Recurso de inconformidad 272/2013. 18 de septiembre de 2013. Cinco votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Rosalía Argumosa López.Recurso de inconformidad 357/2013. Banco Inbursa, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Inbursa. 18 de septiembre de 2013. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Dolores Rueda Aguilar.Recurso de inconformidad 339/2013. 18 de septiembre de 2013. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Dolores Rueda Aguilar.Recurso de Inconformidad 178/2013. 25 de septiembre de 2013. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Rosalía Argumosa López.Tesis de jurisprudencia 119/2013 (10a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintidós de noviembre de dos mil trece.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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Jurisprudencia · Décima Época · Primera Sala

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