Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Como el decreto que creó las tarifas del Impuesto General de Exportación y las reglas y circulares respectivas, es constitucional, y existe idéntica situación por lo que atañe a la importación, sus decretos, reglas y circulares también lo son.
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Registro digital (IUS): 805302
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 453
Tomo CX, página 2083. Indice Alfabético. Amparo en revisión 2318/51. Hinojosa González Diego Alonso. 3 de diciembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Ramírez Vázquez. Relator: Nicéforo Guerrero.Tomo CX, página 2083. Indice Alfabético. Amparo en revisión 9045/50. Rojas Alberto P. Jr. 9 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Relator: Octavio Mendoza González.Tomo CX, página 453. Amparo administrativo en revisión 7122/50. Hinojosa Diego Alonso. 17 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. Relator: Manuel Bartlett Bautista.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 805301. DERECHOS POR EXPEDICION, TRASPASO, REVALIDACION Y CANJE DE PERMISOS Y LICENCIAS MUNICIPALES DE GIROS MERCANTILES. INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 14, FRACCIONES I, INCISO c), II, INCISO d), DE LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE TECATE BAJA CALIFORNIA, PARA EL AÑO DE 1962, QUE FIJA EL MONTO DE ESOS DERECHOS CON BASE EN EL CAPITAL EN GIRO DE LOS CAUSANTES, Y NO EN LOS SERVICIOS PRESTADOS A LOS PARTICULARES.
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Art. 1a./J. 119/2013 (10a.). RECURSO DE INCONFORMIDAD. EL ÓRGANO JURISDICCIONAL DE AMPARO QUE CONOZCA DEL MISMO, DEBE SUPLIR LA DEFICIENCIA DE LA VÍA Y DE LOS ARGUMENTOS HECHOS VALER POR EL PROMOVENTE.
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