Jurisprudencia · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Si el quejoso promueve demanda de amparo indirecto contra una norma general y manifiesta que lo hace en los dos plazos previstos al efecto en el artículo 17 de la Ley de Amparo, el Juez de Distrito no está obligado, de conformidad con el numeral 114, fracción I, del ordenamiento citado, a requerirlo para que aclare si es su deseo impugnar la ley como autoaplicativa o como heteroaplicativa, si en los autos obran datos que permitan colegir que le fue aplicada, como pueden ser la propia manifestación, bajo protesta de decir verdad, del promovente en ese sentido, o las documentales que allegó a su demanda, pues ante tales circunstancias, no obstante la incongruencia señalada, opera el plazo previsto para controvertir las normas heteroaplicativas.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2006615
Clave: IV.3o.A. J/13 (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Junio de 2014; Tomo II; Pág. 1416
Queja 28/2014. Súper Servicio Oriente, S.A. de C.V. 20 de marzo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Meza Pérez. Secretaria: María Inocencia González Díaz.Queja 30/2014. Servicio Lucar, S.A. de C.V. 20 de marzo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Meza Pérez. Secretaria: María de la Luz Garza Ríos.Queja 27/2014. Súper Servicio Hércules, S.A. de C.V. 27 de marzo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Meza Pérez. Secretaria: María de la Luz Garza Ríos.Queja 29/2014. Estación las Palomas, S.A. de C.V. 3 de abril de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Gerardo Álvarez Álvarez del Castillo, secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretaria: Karla Angelina Ramírez Gutiérrez.Queja 31/2014. 3 de abril de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Gerardo Álvarez Álvarez del Castillo, secretario de tribunal autorizado para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretaria: Marcela Lugo Serrato.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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