Tesis aislada · Séptima Época · Sala Auxiliar
Si en la liquidación que haga la Dirección General del Impuesto sobre la Renta, a propósito del pago de ese impuesto y en la resolución que emitía aparece que no se admiten las partidas relativas al pago de la renta del inmueble, para los efectos de la determinación de su utilidad gravable, en atención a que los recibos de renta no contienen las estampillas cancelas del impuesto determinado por la fracción XII del artículo 125 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el arrendatario de él puede reclamar la inconstitucionalidad de dicha ley, pues es manifiesto que si se afectan sus intereses jurídicos con la expedición, promulgación y ejecución del decreto que reforma la fracción XII del invocado artículo 125, sobre todos si se considera que la utilidad gravable es mayor, porque no se aceptan como deducibles, las cantidades que se hayan pagado por el arrendamiento del inmueble destinado a hotel.
---
Registro digital (IUS): 807100
Fuente: Informes
Instancia: Sala Auxiliar
Localización: [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1970, Parte III; Pág. 57
Amparos acumulados en revisión 6607/58. Leobardo Reynoso y Hotel Canadá y Anexos. S. A. 27 de octubre de 1970. Cinco votos. Ponente: Luis Felipe Canudas Orezza.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. PC.XXX. J/8 K (10a.). AMPARO DIRECTO. EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO NO DEBE DECLARARSE INCOMPETENTE PARA CONOCER DE AQUEL JUICIO, AUN CUANDO LA LEY CONCEDA UN RECURSO ORDINARIO CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA O RESOLUCIÓN RECLAMADA QUE PONE FIN AL JUICIO (INAPLICABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA P./J. 16/2003).
Siguiente
Art. IV.3o.A. J/13 (10a.). DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO CONTRA NORMAS GENERALES. SI AL PROMOVERLA, EL QUEJOSO MANIFIESTA QUE LO HACE EN LOS DOS PLAZOS LEGALMENTE PREVISTOS AL EFECTO (PARA AUTOAPLICATIVAS O HETEROAPLICATIVAS), NO AMERITA PREVENCIÓN EN CUANTO A LA FORMA DE IMPUGNACIÓN SI DE AUTOS SE ADVIERTE QUE LE FUERON APLICADAS.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo