FISCALES

Artículo PC.IV.A. J/4 A (10a.). NÓMINAS. EL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO QUE DIO ORIGEN AL DECRETO NÚM. 037, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 157 DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL LOCAL EL 31 DE DICIEMBRE DE 2012, QUE INCREMENTA LA TASA DEL IMPUESTO RELATIVO DEL 2% AL 3%, NO SE INFRINGIÓ PORQUE EL DICTAMEN RELATIVO SE CIRCULÓ CON LA ANTICIPACIÓN DEBIDA.

Jurisprudencia · Décima Época · Plenos de Circuito

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Texto Legal

NÓMINAS. EL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO QUE DIO ORIGEN AL DECRETO NÚM. 037, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 157 DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL LOCAL EL 31 DE DICIEMBRE DE 2012, QUE INCREMENTA LA TASA DEL IMPUESTO RELATIVO DEL 2% AL 3%, NO SE INFRINGIÓ PORQUE EL DICTAMEN RELATIVO SE CIRCULÓ CON LA ANTICIPACIÓN DEBIDA.

Del Diario de los Debates publicado en la página oficial del Congreso del Estado de Nuevo León, correspondiente al Primer Periodo, Año I, número 45-LXXII S.O., del miércoles 19 de diciembre de 2012, en el que se aprobó la reforma a la Ley de Hacienda para el Estado de Nuevo León, se advierte que en el acta de la sesión se hizo constar que el secretario informó que el dictamen que contenía el expediente relativo a la reforma de la ley impugnada se circuló a las 13:38 horas del 18 de diciembre de 2012; asimismo, que la discusión específica del dictamen inició a las 16:56 horas del 20 de diciembre siguiente, la que posteriormente fue suspendida y reanudada el 23 de diciembre siguiente, fecha en la que se votó finalmente el dictamen; de ahí que no se infringió el procedimiento legislativo que dio origen al Decreto Núm. 037, por el que se reforma el artículo 157 de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León, publicado en el Periódico Oficial local el 31 de diciembre de 2012, que incrementa la tasa del impuesto relativo del 2% al 3%, toda vez que el dictamen fue circulado con más de 24 horas de anticipación a la continuación de la sesión legislativa, cumpliendo con ello el objetivo de la norma, consistente en permitir que los diputados fueran informados con la debida oportunidad del asunto que debían discutir.PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2007999

Clave: PC.IV.A. J/4 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Plenos de Circuito

Localización: [J]; 10a. Época; Plenos de Circuito; Gaceta S.J.F.; Libro 12, Noviembre de 2014; Tomo II; Pág. 1664

Precedentes

Contradicción de tesis 4/2014. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Tercero en Materia Administrativa, así como el entonces Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa, todos del Cuarto Circuito. 2 de septiembre de 2014. Mayoría de dos votos de los Magistrados Jorge Meza Pérez y Luis Alfonso Hernández Núñez. Disidente: Sergio Javier Coss Ramos. Ponente: Jorge Meza Pérez. Secretaria: María Inocencia González Díaz.Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, al resolver el amparo en revisión 162/2013, el sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, al resolver el amparo en revisión 158/2013, y el diverso sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, al resolver el amparo en revisión 202/2013. Nota: De la sentencia que recayó al amparo en revisión 202/2013, resuelto por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, derivó la tesis de jurisprudencia IV.1o.A. J/7 (10a.), del título y subtítulo: "NÓMINAS. EL AUMENTO DE LA TASA O TARIFA DE ESE IMPUESTO, ESTABLECIDA EN EL DECRETO 037, PUBLICADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2012, QUE REFORMÓ EL ARTÍCULO 157 DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, ES INCONSTITUCIONAL POR VIOLACIÓN AL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO QUE LE DIO ORIGEN.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 30 de mayo de 2014 a las 10:40 horas, y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 6, Tomo III, mayo de 2014, página 1729.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo PC.IV.A. J/4 A (10a.) del FISCALES?

Jurisprudencia · Décima Época · Plenos de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo PC.IV.A. J/4 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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