Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Técnicamente, la estructuración de las redes de telecomunicaciones de telefonía móvil atiende, esencialmente, a la ubicación de los usuarios que cuentan con equipos receptores, los cuales constituyen tanto la fuente, como el destino de las comunicaciones. Esta circunstancia permite considerar que en los lugares en los que no se ubiquen usuarios de telefonía móvil, válidamente podrá prescindirse de la instalación de antenas para la transmisión de ese tipo de señales, pues ningún sentido práctico tendría ubicarlas en zonas en las que materialmente no existan equipos receptores. Por tanto, la regulación en materia de uso de suelo implementada en los planes de desarrollo urbano para dichos efectos, debe atender al número de suscriptores del área de que se trate y al tráfico potencial dentro de ésta, es decir, a la demanda de la población por la prestación del servicio.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.
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Registro digital (IUS): 2009335
Clave: I.1o.A.E.55 A (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 19, Junio de 2015; Tomo III; Pág. 2381
Amparo en revisión 3/2015. Nii Digital, S. de R.L. de C.V. 26 de marzo de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Patricio González-Loyola Pérez. Secretario: Mario Jiménez Jiménez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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