FISCALES

Artículo III.2o.P.12 K (10a.). DEMANDA DE AMPARO. SI SE DIO VISTA AL QUEJOSO PARA SU AMPLIACIÓN, POR ADVERTIR LA PARTICIPACIÓN DE UNA AUTORIDAD NO LLAMADA A JUICIO O DE UN ACTO VINCULADO CON EL RECLAMADO, ES INCORRECTO QUE EL JUEZ DE DISTRITO SEÑALE UN PLAZO MENOR (3 DÍAS) AL PREVISTO POR EL ARTÍCULO 17 DE LA LEY DE AMPARO PARA SU DESAHOGO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

DEMANDA DE AMPARO. SI SE DIO VISTA AL QUEJOSO PARA SU AMPLIACIÓN, POR ADVERTIR LA PARTICIPACIÓN DE UNA AUTORIDAD NO LLAMADA A JUICIO O DE UN ACTO VINCULADO CON EL RECLAMADO, ES INCORRECTO QUE EL JUEZ DE DISTRITO SEÑALE UN PLAZO MENOR (3 DÍAS) AL PREVISTO POR EL ARTÍCULO 17 DE LA LEY DE AMPARO PARA SU DESAHOGO.

Cuando del informe rendido por la autoridad responsable se advierta la participación de una autoridad no llamada a juicio o de un acto vinculado con el reclamado, ello debe hacerse del conocimiento del quejoso, otorgándosele la vista correspondiente, a fin de que pueda imponerse de su contenido y, de ser conforme a sus intereses, esté en aptitud de ampliar la demanda de amparo en el plazo que para tal efecto prevé el artículo 17 de la ley de la materia, pues ello es conforme al artículo 111, fracción II, de la propia ley. En ese sentido, es incorrecto que el Juez de Distrito requiera al quejoso para que desahogue dicha vista en un plazo menor (tres días) al previsto por el mencionado artículo 17 en tanto que este numeral establece para este supuesto el de quince días.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2010329

Clave: III.2o.P.12 K (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 23, Octubre de 2015; Tomo IV; Pág. 3893

Precedentes

Amparo en revisión 333/2014. 12 de marzo de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis González. Secretario: Enrique Espinosa Madrigal.Nota: Por instrucciones del Tribunal Colegiado de Circuito, la tesis publicada el viernes 22 de mayo de 2015 a las 9:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación, así como en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 18, Tomo III, mayo de 2015, página 2155, se publica nuevamente con la cita correcta del número de identificación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo III.2o.P.12 K (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo III.2o.P.12 K (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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