FISCALES

Artículo IV.1o.A.61 A (10a.). ABOGADOS O APODERADOS LEGALES. LAS AUTORIDADES JURISDICCIONALES O ADMINISTRATIVAS NO PUEDEN IMPEDIR, BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA, EL EJERCICIO PROFESIONAL DE ABOGADOS O APODERADOS LEGALES, PUES VULNERAN EL DERECHO HUMANO AL LIBRE EJERCICIO DE LA PROFESIÓN, RECONOCIDO EN EL ARTÍCULO 5o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladadécima-Épocaconstitucional,-administrativa

Texto Legal

ABOGADOS O APODERADOS LEGALES. LAS AUTORIDADES JURISDICCIONALES O ADMINISTRATIVAS NO PUEDEN IMPEDIR, BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA, EL EJERCICIO PROFESIONAL DE ABOGADOS O APODERADOS LEGALES, PUES VULNERAN EL DERECHO HUMANO AL LIBRE EJERCICIO DE LA PROFESIÓN, RECONOCIDO EN EL ARTÍCULO 5o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

Tanto las autoridades jurisdiccionales como las administrativas que, en ejercicio de sus funciones, impidan la participación de los abogados y sus apoderados legales en el ejercicio del propio Derecho o en el de sus representados, ya sea dentro de los procedimientos legalmente instaurados o fuera de ellos, así como en todos aquellos actos que tiendan a su preparación o los que tiendan a lograr la ejecución de una sentencia y las órdenes posteriores para lograr su cumplimiento, violan flagrantemente el Derecho Humano al libre ejercicio de la profesión, previsto en el artículo 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues su ejercicio sólo está condicionado a que no se trate de una actividad ilícita; que no se afecten derechos de terceros; y que no se afecten derechos de la sociedad en general. Circunstancias que no pueden determinarse sin la existencia de una resolución judicial previa.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2013168

Clave: IV.1o.A.61 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 36, Noviembre de 2016; Tomo IV; Pág. 2277

Precedentes

Queja 158/2016. Alberto Sada Robles. 8 de julio de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Eduardo Alvarado Puente. Secretaria: Elsa Patricia Espinoza Salas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IV.1o.A.61 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IV.1o.A.61 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IV.1o.A.61 A (10a.) del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IV.1o.A.61 A (10a.) FISCALES desde tu celular