Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Conforme a los artículos 25, numeral 1, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 17 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador" y 5o. de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, la simple pertenencia a ese grupo los incluye en una categoría sospechosa. Ello es así, dado que el sistema de producción y reproducción jurídica utiliza parámetros basados indefectiblemente en el paradigma de la persona joven, lo que coloca a los adultos mayores en un estado de predisposición natural de marginación social y eventual pobreza. Así, al colocarse por virtud de su avanzada edad, en situaciones de dependencia, discriminación e, incluso, abandono familiar, se muestra indefectible que las obligaciones estatales de protección y defensa de sus derechos fundamentales devengan permanentes por parte del Estado. De ahí que, en el contexto mencionado, de conformidad con el artículo 79, fracciones VI y VII, de la Ley de Amparo, al verificarse una violación que dejó sin defensa al quejoso, se torna necesario suplir la deficiencia de la queja a su favor en los casos en que resulte probado que pertenece a esa categoría sospechosa y grupo vulnerable, dadas las citadas predisposiciones naturales de marginación social y eventual pobreza en que se encuentra.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2014880
Clave: XXVII.3o.121 K (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 45, Agosto de 2017; Tomo IV; Pág. 2752
Amparo directo 28/2017. 6 de abril de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Selina Haidé Avante Juárez. Secretario: José Francisco Aguilar Ballesteros.Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa aislada 1a. CCXXIV/2015 (10a.), de título y subtítulo: "ADULTOS MAYORES. AL CONSTITUIR UN GRUPO VULNERABLE MERECEN UNA ESPECIAL PROTECCIÓN POR PARTE DE LOS ÓRGANOS DEL ESTADO.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 26 de junio de 2015 a las 9:20 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 19, Tomo I, junio de 2015, página 573.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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