FISCALES

Artículo I.10o.A.60 A (10a.). RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. NO SE ACTUALIZA LA INFRACCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 8, FRACCIÓN XIII, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA ABROGADA, CUANDO LOS BENEFICIOS ADICIONALES A LAS CONTRAPRESTACIONES COMPROBABLES OBTENIDOS DERIVAN DEL DEPÓSITO QUE, POR ERROR, REALIZÓ LA DEPENDENCIA EN LA CUENTA BANCARIA DEL SERVIDOR PÚBLICO Y DEJÓ CONSTANCIA DE ELLO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. NO SE ACTUALIZA LA INFRACCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 8, FRACCIÓN XIII, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA ABROGADA, CUANDO LOS BENEFICIOS ADICIONALES A LAS CONTRAPRESTACIONES COMPROBABLES OBTENIDOS DERIVAN DEL DEPÓSITO QUE, POR ERROR, REALIZÓ LA DEPENDENCIA EN LA CUENTA BANCARIA DEL SERVIDOR PÚBLICO Y DEJÓ CONSTANCIA DE ELLO.

Del artículo 8, fracción XIII, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos abrogada, se advierte que la infracción a ese tipo administrativo se actualiza cuando el servidor público obtenga beneficios adicionales a las contraprestaciones comprobables que el Estado le otorga por el desempeño de su función. En estas condiciones, si por error la dependencia en la que aquél presta sus servicios deposita en su cuenta bancaria una cantidad que excede la contraprestación correspondiente y ello consta en los listados de la nómina y en los recibos respectivos, no puede concluirse que el servidor público obtuvo un beneficio en los términos del precepto citado, por no haber desplegado conducta alguna en el mundo fáctico para beneficiarse, aunado a que tampoco se colma el elemento típico atinente a la no comprobabilidad de lo obtenido. Por tanto, no se actualiza la infracción señalada; de ahí que el hecho comprobado por la autoridad constituye una conducta atípica no sancionable.DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2016403

Clave: I.10o.A.60 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 52, Marzo de 2018; Tomo IV; Pág. 3487

Precedentes

Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 223/2017. Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Función Pública. 11 de enero de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Arturo Camero Ocampo. Secretaria: Sandra Paulina Delgado Robledo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.10o.A.60 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.10o.A.60 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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