Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
El hecho de que el legislador no estableciera la figura de "ampliación del recurso de reclamación" no puede llevar a que se desechen los nuevos elementos contenidos en la ampliación de dicho medio de defensa, respecto a los agravios formulados, cuando el escrito relativo se hubiera presentado después de la interposición del recurso, pero antes de que venza el plazo ante el tribunal, en términos del artículo 104, segundo párrafo, de la Ley de Amparo, puesto que si el amparo es un medio de defensa regulado constitucionalmente a favor de los gobernados para impugnar actos de autoridad que afecten sus derechos fundamentales, y los recursos previstos en la ley que rige a la materia, forman parte de éste, mientras no se agote el plazo para la presentación del recurso de reclamación, el derecho a accionar debe estar a su alcance; considerar lo contrario, implicaría coartar el derecho constitucional de defensa previsto en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; proceder que es congruente con la tesis de jurisprudencia 1a./J. 42/2007, de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, abril de 2007, página 124, de rubro: "GARANTÍA A LA TUTELA JURISDICCIONAL PREVISTA EN EL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. SUS ALCANCES."DÉCIMO SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2019131
Clave: I.16o.T.12 K (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 62, Enero de 2019; Tomo IV; Pág. 2621
Recurso de reclamación 15/2018. Miroslava Gijon Ballesteros. 16 de agosto de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Pérez Pérez. Secretaria: Ana Margarita Gallegos Shibya.Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa aislada 1a. CCCL/2014 (10a.), de título y subtítulo: "RECURSO DE RECLAMACIÓN. PROCEDE SU AMPLIACIÓN SI SE PRESENTA ANTES DE QUE VENZA EL PLAZO ESTABLECIDO POR LA LEY PARA INTERPONERLO.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 24 de octubre de 2014 a las 9:35 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 11, Tomo I, octubre de 2014, página 618.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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