Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Con motivo de las reformas constitucionales en materia de combate a la corrupción, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2015, se creó el Sistema Nacional Anticorrupción, así como su Comité de Participación Ciudadana. La regulación normativa constitucional y legal confieren a éste la facultad de coadyuvar en el cumplimiento del objetivo primordial de prevenir, detectar y sancionar los hechos de corrupción, a través de los diferentes instrumentos de control de la gestión pública, como lo prevé el artículo 21, fracción XVII, de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, en relación con el numeral 113, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todo ello en beneficio de la sociedad en general. En ese sentido, considerando su especial posición dentro del nuevo marco de responsabilidades y combate a la corrupción, se concluye que el Comité de Participación Ciudadana está legitimado para promover el juicio de amparo contra los actos vinculados con el procedimiento de designación y ratificación de los Magistrados especializados en materia de responsabilidades administrativas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, debido a que pueden incidir negativamente sobre la operatividad y eficacia del referido sistema, con graves consecuencias negativas para la sociedad en general.DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2019988
Clave: I.10o.A.108 A (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 67, Junio de 2019; Tomo VI; Pág. 5138
Amparo en revisión 311/2018. Presidente de la República y otros. 4 de abril de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Arturo Camero Ocampo. Secretario: Héctor Reyna Pineda.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.1o.A.E.256 A (10a.). GAS NATURAL. EL MANUAL DE COORDINACIÓN RELATIVO Y LA RESOLUCIÓN POR LA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA EXPIDE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE ACCESO ABIERTO Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE POR DUCTO Y ALMACENAMIENTO DE DICHO HIDROCARBURO, PERSIGUEN FINALIDADES DISTINTAS.
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Art. I.10o.A.111 A (10a.). MAGISTRADOS ESPECIALIZADOS EN MATERIA DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA. SU DESIGNACIÓN Y RATIFICACIÓN ESTÁN SUJETAS AL CRITERIO DE MOTIVACIÓN REFORZADA.
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