FISCALES

Artículo I.20o.A.37 A (10a.). NEGATIVA FICTA. ES IMPROCEDENTE EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL PROMOVIDO CONTRA LAS RESOLUCIONES EN LAS QUE SE CONFIGURE ESA FICCIÓN LEGAL, CUANDO PUDIERE AFECTARSE EL DERECHO DE UN TERCERO, RECONOCIDO EN UN REGISTRO O ANOTACIÓN ANTE AUTORIDAD ADMINISTRATIVA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

NEGATIVA FICTA. ES IMPROCEDENTE EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL PROMOVIDO CONTRA LAS RESOLUCIONES EN LAS QUE SE CONFIGURE ESA FICCIÓN LEGAL, CUANDO PUDIERE AFECTARSE EL DERECHO DE UN TERCERO, RECONOCIDO EN UN REGISTRO O ANOTACIÓN ANTE AUTORIDAD ADMINISTRATIVA.

El artículo 3, fracción XV, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa dispone, como regla general, la competencia de ese órgano jurisdiccional para conocer de los juicios que se promuevan contra las resoluciones definitivas que se configuren por negativa ficta y, en el segundo párrafo de esa fracción prevé, como excepción, los casos en los que se pudiere afectar el derecho de un tercero, reconocido en un registro o anotación ante autoridad administrativa. Por tanto, es improcedente el juicio contencioso administrativo federal promovido contra las resoluciones en las que se configure una negativa ficta, cuando pudiere afectarse el derecho de un tercero, reconocido en un registro o anotación ante autoridad administrativa.VIGÉSIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2021294

Clave: I.20o.A.37 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 73, Diciembre de 2019; Tomo II; Pág. 1125

Precedentes

Amparo directo 758/2018. Mara Cristina Teresa Romeo Pinedo y otra. 7 de junio de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Gabriela Rolón Montaño. Secretaria: Gabriela Nathalie Medina Ruvalcaba.Amparo directo 288/2019. Mara Cristina Teresa Romeo Pinedo y otra. 26 de septiembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Gabriela Rolón Montaño. Secretario: Paúl Francisco González de la Torre.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.20o.A.37 A (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.20o.A.37 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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