Tesis aislada · Décima Época · Segunda Sala
De acuerdo con el citado precepto la Secretaría de Energía establecerá un sitio de internet, de acceso libre al público, en el que se publicarán y mantendrán actualizados los contratos, convenios, anexos y convenios modificatorios que las empresas productivas del Estado, sus empresas productivas subsidiarias o empresas filiales en México o en el extranjero celebren con los Participantes del Mercado en relación con cualquier producto incluido en el Mercado Eléctrico Mayorista; ello, porque la sociedad tiene interés en conocer la información contenida en los mencionados documentos, así como para garantizar una eficaz rendición de cuentas, prevenir y sancionar actos de corrupción. Además, el último párrafo del numeral en comento señala que la información que se contenga en los mencionados documentos no se considerará como reservada o confidencial, lo que se vincula con los límites al derecho de transparencia y con la protección de datos personales establecidos en el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por tanto, el artículo 161 de la Ley de la Industria Eléctrica, en tanto obliga a la Secretaría referida a establecer un sitio de internet, publicar y mantener actualizados los contratos, convenios, anexos y convenios modificatorios que celebren las partes indicadas, cuyo contenido no podrá considerarse reservado ni confidencial, tiene un fin constitucionalmente válido, como lo es el derecho de transparencia, rendición de cuentas y, por ende, combate a la corrupción.
---
Registro digital (IUS): 2021339
Clave: 2a. LXXVII/2019 (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 74, Enero de 2020; Tomo I; Pág. 1072
Amparo en revisión 319/2019. Evm Energía del Valle de México Generador, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable. 21 de agosto de 2019. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Eduardo Medina Mora I., José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel Mossa y Javier Laynez Potisek. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Fabián Gutiérrez Sánchez.Amparo en revisión 349/2019. Evm Energía del Valle de México, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable. 21 de agosto de 2019. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Eduardo Medina Mora I., José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel Mossa y Javier Laynez Potisek, votó con salvedad Yasmín Esquivel Mossa. Ponente: Javier Laynez Potisek. Secretaria: Gabriela Guadalupe Flores de Quevedo.Amparo en revisión 242/2019. Helios Generación, S. de R.L. de C.V. y otra. 21 de agosto de 2019. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Eduardo Medina Mora I., José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel Mossa y Javier Laynez Potisek. Ponente: Yasmín Esquivel Mossa. Secretaria: Zara Gabriela Martínez Peralta.Amparo en revisión 261/2019. Ciclo Combinado Tierra Mojada, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. 11 de septiembre de 2019. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Eduardo Medina Mora I., José Fernando Franco González Salas, Yasmín Esquivel Mossa y Javier Laynez Potisek. Ponente: Yasmín Esquivel Mossa. Secretaria: Zara Gabriela Martínez Peralta.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. PC.XV. J/39 K (10a.). RECURSO DE QUEJA. PROCEDE CONTRA EL AUTO POR EL QUE EL JUEZ DE DISTRITO SE RESERVA ACORDAR SOBRE EL OFRECIMIENTO DE UNA PRUEBA TESTIMONIAL O DE INSPECCIÓN JUDICIAL HASTA LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL.
Siguiente
Art. I.11o.T.4 K (10a.). VISTA A QUE SE REFIERE EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 64 DE LA LEY DE AMPARO. ES INNECESARIO QUE SE OTORGUE SI LA IMPROCEDENCIA PARCIAL DEL JUICIO NO IMPIDE EL ANALISIS INTEGRAL DE LA LITIS CONSTITUCIONAL PLANTEADA.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo