FISCALES

Artículo (IV Región)1o.31 A (10a.). SUPLENCIA DE LOS ADMINISTRADORES DE LAS ADUANAS. OPERA EN FAVOR DE CUALQUIERA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS SEÑALADOS EN EL SEXTO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 4 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, SIN NECESIDAD DE OBSERVAR ORDEN DE PRELACIÓN O NIVEL JERÁRQUICO ALGUNO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

SUPLENCIA DE LOS ADMINISTRADORES DE LAS ADUANAS. OPERA EN FAVOR DE CUALQUIERA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS SEÑALADOS EN EL SEXTO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 4 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, SIN NECESIDAD DE OBSERVAR ORDEN DE PRELACIÓN O NIVEL JERÁRQUICO ALGUNO.

En el sexto párrafo del artículo 4 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, se establece que los administradores de las aduanas serán suplidos por los subadministradores, jefes de sección, jefes de sala o jefes de departamento adscritos a ellas. Así, de una interpretación literal de dicho precepto se advierte que cualquiera de los servidores públicos ahí señalados, sin necesidad de observar orden de prelación o nivel jerárquico alguno, están facultados para actuar en suplencia del administrador de la aduana a la que estén adscritos, es decir, es innecesario que dicha suplencia opere, en primer lugar, en favor del subadministrador y que sólo ante su ausencia surja respecto de los jefes de sección, de sala o de departamento, según corresponda, en observancia al principio general de derecho que dice: "donde la ley no distingue, no se debe distinguir", pues de haber deseado plantearlo en ese orden, así lo hubiera señalado el autor del reglamento en el texto de éste.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

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Registro digital (IUS): 2022617

Clave: (IV Región)1o.31 A (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 82, Enero de 2021; Tomo II; Pág. 1368

Precedentes

Revisión administrativa (Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo) 55/2020 (cuaderno auxiliar 533/2020) del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Subadministrador Desconcentrado Jurídico de la Administración Desconcentrada Jurídica de Coahuila de Zaragoza "2". 28 de octubre de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Vega Ramírez. Secretario: Adolfo Vives Elizalde.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo (IV Región)1o.31 A (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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