FISCALES

Artículo (IV Región)2o.37 L (10a.). ESQUEMA DE INTERMEDIACIÓN (OUTSOURCING). CONLLEVA LA EXISTENCIA DE UNA UNIDAD ECONÓMICA, QUE IMPLICA UNA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA FRENTE AL TRABAJADOR, ANTE LA CELEBRACIÓN DE UN ACUERDO DE VOLUNTADES ENTRE LAS EMPRESAS INVOLUCRADAS, CON LA FINALIDAD DE QUE ÚNICAMENTE UNA DE ELLAS SEA LA QUE RECONOZCA LA RELACIÓN LABORAL.

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

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Texto Legal

ESQUEMA DE INTERMEDIACIÓN (OUTSOURCING). CONLLEVA LA EXISTENCIA DE UNA UNIDAD ECONÓMICA, QUE IMPLICA UNA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA FRENTE AL TRABAJADOR, ANTE LA CELEBRACIÓN DE UN ACUERDO DE VOLUNTADES ENTRE LAS EMPRESAS INVOLUCRADAS, CON LA FINALIDAD DE QUE ÚNICAMENTE UNA DE ELLAS SEA LA QUE RECONOZCA LA RELACIÓN LABORAL.


Tesis

Registro digital: 2023817

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Undécima Época

Materia(s): Laboral

Tesis: (IV Región)2o.37 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.
Libro 7, Noviembre de 2021, Tomo IV , página 3352

Tipo: Aislada

ESQUEMA DE INTERMEDIACIÓN (OUTSOURCING). CONLLEVA LA EXISTENCIA DE UNA UNIDAD ECONÓMICA, QUE IMPLICA UNA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA FRENTE AL TRABAJADOR, ANTE LA CELEBRACIÓN DE UN ACUERDO DE VOLUNTADES ENTRE LAS EMPRESAS INVOLUCRADAS, CON LA FINALIDAD DE QUE ÚNICAMENTE UNA DE ELLAS SEA LA QUE RECONOZCA LA RELACIÓN LABORAL.


De la interpretación de los artículos 12 a 16 de la Ley Federal del Trabajo se advierte que el legislador atribuyó una responsabilidad solidaria a las empresas que, teniendo una personalidad jurídica propia, conforman una unidad económica frente a la clase obrera. Por tanto, si el trabajador demanda de una pluralidad de patrones prestaciones derivadas de un despido que estima injustificado, aseverando que prestó sus servicios en determinado establecimiento mercantil, debe estimarse que el esquema de intermediación (outsourcing), conlleva la existencia de una unidad económica que implica una responsabilidad solidaria frente al trabajador, ante la celebración de un acuerdo de voluntades entre las empresas involucradas, con la finalidad de que únicamente una de ellas sea quien reconozca la relación laboral.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.


Amparo directo 1791/2019 (cuaderno auxiliar 466/2020) del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Décimo Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. 30 de octubre de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Nadia Villanueva Vázquez. Secretario: Jerson Sastré Castelán.

Esta tesis se publicó el viernes 19 de noviembre de 2021 a las 10:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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Registro digital (IUS): 2023817

Clave: (IV Región)2o.37 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: T.C.C.

Sala: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Noviembre de 2021; Tomo IV
; Pág. 3352

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo (IV Región)2o.37 L (10a.) del FISCALES?

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo (IV Región)2o.37 L (10a.) de la J. Fiscales SCJN?

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