FISCALES

Artículo IUS 800458. RECURSOS ORDINARIOS. OBLIGACION DE AGOTARLOS.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

RECURSOS ORDINARIOS. OBLIGACION DE AGOTARLOS.

Para que se dé el fomento jurídico apuntado, no basta que el quejoso lo plantee así en la demanda de garantías, sino que el juzgador, al tenor de lo dispuesto por el artículo 77, fracción I, de la Ley de Amparo, debe hacer la fijación clara y precisa de los actos reclamados y determinar si realmente estos violan directamente garantías individuales, para poder estimar si el quejoso estaba o no relevado de la obligación de agotar los recursos ordinarios relativos.TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 800458

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 581

Precedentes

Amparo en revisión 801/87. Luis Antonio Castañeda. 4 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Angel Morales Ibarra. Secretario: Amado Chiñas Fuentes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800458 del FISCALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800458 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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