FISCALES

Artículo IUS 800606. QUEJA, SUPLENCIA DE LA, EN MATERIA ADMINISTRATIVA. LOS ACTOS RECLAMADOS NO DEBEN MODIFICARSE.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

QUEJA, SUPLENCIA DE LA, EN MATERIA ADMINISTRATIVA. LOS ACTOS RECLAMADOS NO DEBEN MODIFICARSE.

La suplencia de la deficiencia de la queja a que se refiere el artículo 76 Bis de la Ley de Amparo no llega al extremo de modificar la litis y resolver respecto de actos que no fueron señalados expresamente en la demanda de garantías supuesto que sobre el particular debe estarse al planteamiento que haga la parte quejosa.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 800606

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 569

Precedentes

Amparo en revisión 8/87. Comité Directivo de la Asociación Agrícola de Productores de Cacao de Tuxtla Chico, Chiapas y otros. 23 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Marcos Arturo Nazar Sevilla. Secretario: Miguel Eusebio Selvas Costa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800606 del FISCALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800606 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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