FISCALES

Artículo IUS 801001. INCIDENTE DE INEJECUCION DE SENTENCIA IMPROCEDENTE.

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

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Texto Legal

INCIDENTE DE INEJECUCION DE SENTENCIA IMPROCEDENTE.

Es improcedente el incidente de inejecución de sentencia si existe atención prestada a la ejecutoria por parte de la autoridad responsable, así como por carecerse del presupuesto necesario de imputabilidad de contumacia del órgano judicial que conoció del juicio de amparo hacia la autoridad responsable por su abstención a acatar la ejecutoria de amparo, imputación que debe anteceder como uno de los requisitos para la procedencia del incidente de inejecución conforme el artículo 108 de la Ley de Amparo.

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Registro digital (IUS): 801001

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXVIII, Primera Parte; Pág. 14

Precedentes

Incidente de inejecución 13/57. Rodolfo Gómez. 4 de diciembre de 1963. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801001 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801001 de la J. Fiscales SCJN?

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