FISCALES

Artículo IUS 801107. CONCEPTOS DE VIOLACION.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladasexta-Épocacomún

Texto Legal

CONCEPTOS DE VIOLACION.

En el juicio de amparo únicamente puede alegarse como concepto de violación la infracción a la ley cometida en la sentencia reclamada que haya sido alegada por vía de agravio en la segunda instancia, porque se hubiera cometido en la primera instancia.

---

Registro digital (IUS): 801107

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVI, Cuarta Parte; Pág. 39

Precedentes

Amparo directo 8029/62. Crédito Bursátil, S. A. 9 de febrero de 1967. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.Sexta Epoca, Cuarta Parte:Volumen LII, página 90. Amparo directo 5304/59. Ramán Lazcano Carrasco. 27 de octubre de 1961. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801107 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801107 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 801107 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 801107 FISCALES desde tu celular