FISCALES

Artículo IUS 801469. AMPARO. TERMINO PARA LA INTERPOSICION DE (DIAS EN QUE SE SUSPENDEN LAS LABORES).

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

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Texto Legal

AMPARO. TERMINO PARA LA INTERPOSICION DE (DIAS EN QUE SE SUSPENDEN LAS LABORES).

Los días en los cuales se suspenden las labores de los Juzgados de Distrito deben descontarse del término para interponer la demanda de amparo, puesto que tratándose de una suspensión de labores por causas imprevistas, no es exacto que siempre se dejen guardias en la Oficialía de Partes para recibir los escritos respectivos, por lo que para estimar comprendidos dichos días dentro del cómputo, es preciso demostrar la existencia de guardias durante dicha suspensión de labores.

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Registro digital (IUS): 801469

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XII, Primera Parte; Pág. 9

Precedentes

Amparo en revisión 3058/52. Aguila Real, S. C. por A. y coagraviados. 17 de junio de 1958. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801469 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801469 de la J. Fiscales SCJN?

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