Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
Precisado en tesis jurisprudencial cuáles son los documentos que deben adjuntarse a los requerimientos de pago formulados al hacerse efectiva una fianza, es procedente establecer que ningún artículo de la Ley de Fianzas ni jurisprudencia alguna de este Alto Tribunal previenen o han prevenido que las copias de documentos que justifiquen la exigibilidad del crédito deben ser certificadas, pues sólo se refieren a documentación fehaciente, en concordancia con lo prevenido en los artículos 117, inciso c), segundo párrafo, y 130 de la citada ley; en tales condiciones, deben tenerse como válidos los requerimientos a los que se adjunten documentos de calidad, los cuales, por provenir de una autoridad y no haber sido redargüidos de falsos, tienen la validez que les da la ley citada, que es la del acto reclamado y no admite supletoriedad, en ese aspecto.
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Registro digital (IUS): 801728
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIX, Tercera Parte; Pág. 21
Amparo en revisión 6609/63. Afianzadora Insurgentes, S. A. 10 de septiembre de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.Sexta Epoca, Tercera Parte:Volumen XCVI, página 73. Amparo en revisión 9715/64. Afianzadora Insurgentes, S. A. 4 de junio de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñáritu.Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, Jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de 1917 a 1965, Tercera Parte, Sección Segunda, página 342.Nota: En el Volumen XCVI, página 73, esta tesis aparece bajo el rubro "FIANZAS PENALES. DOCUMENTOS QUE DEBEN ANEXARSE PARA EL REQUERIMIENTO DE PAGO. NO ES NECESARIO QUE SE HAGA MEDIANTE COPIAS CERTIFICADAS.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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