Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
No es correcto el fallo de la Sala sentenciadora del Tribunal Fiscal, por cuanto declara la nulidad de la resolución sometida a su consideración, para el efecto de que el Juez de la causa criminal intime nuevamente a la afianzadora a fin de que presente a su fiado, porque notoriamente invade la esfera del Poder Judicial al someter a revisión las actuaciones concernientes del proceso, y esta Suprema Corte ha establecido que el Tribunal Fiscal de la Federación carece de competencia a dicho respecto.
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Registro digital (IUS): 802160
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Tercera Parte; Pág. 133
Revisión Fiscal 399/56. Afianzadora Mexicana, S. A. 30 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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