FISCALES

Artículo IUS 802195. PETICION, DERECHO DE.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PETICION, DERECHO DE.

Si el razonamiento de la autoridad responsable únicamente estriba en manifestar que la quejosa no ha cumplido con todos los requisitos que exige el reglamento, y confiesa que no ha pronunciado resolución alguna en contestación a lo solicitado por la quejosa, indudablemente viola el artículo 8o. constitucional, que establece categóricamente que a toda petición debe recaer un acuerdo escrito en breve término, sin que sea óbice el razonamiento de la responsable porque dicho precepto constitucional no establece en qué sentido deba contestarse a lo solicitado.

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Registro digital (IUS): 802195

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XI, Tercera Parte; Pág. 39

Precedentes

Amparo en revisión 7436/57. Consuelo Acevedo Arévalo. 7 de mayo de 1958. 5 votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen VII, Tercera Parte, página 76, "PETICION, DERECHO DE.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802195 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802195 de la J. Fiscales SCJN?

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