Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
Los informes con justificación deben ser coherentes con la demanda de amparo que origina el juicio de garantías en que se produzcan, y si en los términos en que se encuentran redactados aparece que se niega la certeza de actos distintos a los reclamados, propiamente se está en presencia de falta de informe respecto de los actos realmente combatidos, que deben presumirse ciertos.
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Registro digital (IUS): 802269
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXX, Tercera Parte; Pág. 52
Amparo en revisión 8320/67. Abraham Olivera y coagraviados. 19 de abril de 1968. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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