FISCALES

Artículo IUS 802580. FIANZAS PENALES, PRESCRIPCION DE LAS.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

FIANZAS PENALES, PRESCRIPCION DE LAS.

Siendo las compañías afianzadoras parte en el procedimiento penal, cuando el Juez de la causa ordena la presentación del fiado, dichas compañías están en aptitud de interponer los recursos que procedan, si estiman que las acciones derivadas del contrato de fianza se encuentran ya prescritas, y si no lo hacen, consienten todo lo actuado por el aludido Juez Penal, así es que, en el procedimiento administrativo, no puede ser materia de controversia lo que precluyó para las aludidas compañías.

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Registro digital (IUS): 802580

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XIX, Tercera Parte; Pág. 44

Precedentes

Revisión fiscal 296/57. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 23 de enero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Francisco Carreño.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802580 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802580 de la J. Fiscales SCJN?

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