FISCALES

Artículo IUS 802650. PETICION, DERECHO DE.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PETICION, DERECHO DE.

Las autoridades infringen el artículo 8o. constitucional, cuando no cumplen con lo que ordena; sin que les valga el argumento de que no tienen la intención de no contestar la solicitud de los peticionarios y que lo harán cuando corresponda el turno que cronológicamente toca a cada solicitud, pues que dentro del sistema administrativo de las dependencias del Departamento del Distrito Federal existe un procedimiento encaminado a dar preferencia a todos aquellos asuntos que han sido primeros en tiempo, y se considera que lo contrario violaría el derecho de éstos; porque tales apreciaciones podrán ser atendibles dentro de ese sistema administrativo, pero ello no libera a las propias autoridades de cumplir con lo que manda el citado precepto constitucional.

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Registro digital (IUS): 802650

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Tercera Parte; Pág. 225

Precedentes

Amparo en revisión 384/57. Alfonso González y González y coagraviados. 3 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802650 del FISCALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802650 de la J. Fiscales SCJN?

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