Tesis aislada · Sexta Época · Pleno
Las certificaciones expedidas por presidentes municipales son insuficientes para la comprobación del domicilio, cuando no se indican en ellos los datos que hayan servido al firmante para asegurar su existencia en lugar determinado, señalando los registros o padrones de donde resulta la constitución real del propio domicilio.
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Registro digital (IUS): 803709
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen IV, Primera Parte; Pág. 68
Competencia 60/55. Suscitada entre el Juez Séptimo de lo Civil del Partido Judicial de México, Distrito Federal y el Juez Mixto de Primera Instancia de Yautepec, Estado de Morelos. 1o. de octubre de 1947. Mayoría de quince votos. Disidentes: Franco Carreño y José Castro Estrada. Ponente: Gabriel García Rojas.Véase: Informe de Labores de 1957, Pleno, página 121, tesis de rubro "DOMICILIO DE UNA PERSONA. COMPROBACION DEL.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IV.3o.A.30 A (10a.). DIRECTOR JURÍDICO DEL AYUNTAMIENTO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN. CARECE DE COMPETENCIA PARA RESPONDER LA SOLICITUD DE PAGO INDEMNIZATORIO POR LA INCORPORACIÓN DE UN INMUEBLE DE PROPIEDAD PRIVADA AL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL, CON APOYO EN UN ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES, AUN CUANDO LO HICIERA CONJUNTAMENTE CON EL SÍNDICO SEGUNDO.
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Art. V.2o.C.T.1 K (10a.). EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. LINEAMIENTOS QUE DEBE OBSERVAR EL JUEZ DE DISTRITO AL PROVEER SOBRE LA PETICIÓN DE QUE LOS GASTOS DE SU PUBLICACIÓN SEAN A CARGO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CUANDO EL QUEJOSO ES EL TRABAJADOR.
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