Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar
La existencia de una sociedad mercantil, conforme a los artículos 5o. y 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se comprueba con la escritura constitutiva y su inscripción en el Registro Público de Comercio. El artículo 2o. de la misma ley, que declara que las sociedades no inscritas en el registro, consten o no en escritura pública, tendrán personalidad jurídica si se han exteriorizado como tales frente a terceros, ha sido adoptado siguiendo sistemas generalizados en otras naciones, con el objeto de proteger los intereses de terceros que, contratando con una sociedad aparente, resentirían perjuicios derivados de la situación irregular; por tanto, la exteriorización que requiere la norma citada como condición para atribuir a la sociedad de hecho personalidad jurídica, tiene lugar mediante la realización de actos jurídicos que engendren relaciones entre la empresa y los terceros, y la sola circunstancia de que los libros de contabilidad hayan sido autorizados para una compañía no puede implicar tal exteriorización, ni mucho menos engendrar la obligación de cubrir el impuesto de dividendos.
---
Registro digital (IUS): 803909
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Sala Auxiliar
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXV; Pág. 1995
Revisión fiscal 324/54. Procuraduría Fiscal de la Federación (Bravo Luis E.). 8 de septiembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Mariano Azuela.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 803902. SEGURO SOCIAL. COMPETENCIA PARA CONOCER DEL RECURSO DE REVISION.
Siguiente
Art. 2a. LXXVI/2013 (10a.). ACTUALIZACIÓN DE DATOS CATASTRALES MEDIANTE AVALÚO. EL ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA DE LA ENTIDAD EL 30 DE DICIEMBRE DE 2010, NO VIOLA LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y SEGURIDAD JURÍDICA.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo