FISCALES

Artículo IUS 804331. TESTIGOS SINGULARES, VALOR DE SUS DICHOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

TESTIGOS SINGULARES, VALOR DE SUS DICHOS.

Si el juzgador no menciona datos sobre la probidad, independencia de posición, antecedentes personales e imparcialidad de un testigo singular, para valorar con acierto la credibilidad de su dicho, y las partes no convinieron en pasar sobre éste, no pueden considerarse probados los hechos sobre los cuales depuso el testigo.

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Registro digital (IUS): 804331

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1730

Precedentes

Amparo civil directo 2278/54. Dill Walter J. 8 de diciembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabriel García Rojas. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804331 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804331 de la J. Fiscales SCJN?

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