FISCALES

Artículo IUS 804379. IMPUESTO A LAS OPERACIONES DE COMPRAVENTA DE PRIMERA MANO DE AGUACATE, CHILE, PAPA, JITOMATE, NUEZ, CACAHUATE, LEGUMBRES, ETCETERA, QUE SE COBRA EN LAS CASETAS DE VIGILANCIA ESTABLECIDAS EN LAS CARRETERAS. CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 14 DE LA LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE HIDALGO PARA EL AÑO DE 1963.

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

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Texto Legal

IMPUESTO A LAS OPERACIONES DE COMPRAVENTA DE PRIMERA MANO DE AGUACATE, CHILE, PAPA, JITOMATE, NUEZ, CACAHUATE, LEGUMBRES, ETCETERA, QUE SE COBRA EN LAS CASETAS DE VIGILANCIA ESTABLECIDAS EN LAS CARRETERAS. CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 14 DE LA LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE HIDALGO PARA EL AÑO DE 1963.

Tratándose de un impuesto al comercio que no está reservado a la Federación ni prohibido a las entidades federativas por el artículo 117 constitucional, cuyo objeto o hecho generador del crédito fiscal consiste en las operaciones de compraventa de primera mano de los mencionados productos agrícolas, las que se presumen realizadas por el hecho de salir los productos de la finca en que se produjeron, no es inconstitucional dicho impuesto, porque no se grava la salida del territorio del Estado, sino de la finca productora, y los interesados pueden hacer efectivo el pago y cumplir con su obligación fiscal haciendo el integro respectivo directamente en la Tesorería General del Estado y en las Oficinas de Rentas del mismo. No debe confundirse la inconstitucionalidad de un impuesto con la inconstitucionalidad de los procedimientos de cobro que de hecho practiquen las autoridades, pues el impuesto puede ser constitucional en su establecimiento, pero incorrectas las formas de recaudarlo por las autoridades locales. Se trata de actos distintos que deben reclamarse en el amparo correspondiente.

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Registro digital (IUS): 804379

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXII, Primera Parte; Pág. 16

Precedentes

Amparo en revisión 6848/63. Luis y Miguel Martínez. 29 de agosto de 1967. Unanimidad de veintiún votos. Ponente: José Castro Estrada.Sexta Epoca, Primera Parte:Volumen CVIII, página 28. Amparo en revisión 2969/61. Cervecería Cuauhtémoc, S. A. y coagraviada. 14 de junio de 1966. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.Volumen CIV, página 45. Amparo en revisión 6202/62. Vicenta Irene Ortiz López y coagraviados. 15 de febrero de 1966. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 6, Primera Parte, página 143, tesis de rubro "IMPUESTO A LAS OPERACIONES DE COMPRAVENTA DE PRIMERA MANO DE AGUACATE, CHILE, PAPA, JITOMATE, NUEZ, CACAHUATE, LEGUMBRES, ETCETERA, QUE SE COBRA EN LAS CASETAS DE VIGILANCIA ESTABLECIDAS EN LAS CARRETERAS. CONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 14 DE LA LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE HIDALGO PARA EL AÑO DE 1963.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804379 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804379 de la J. Fiscales SCJN?

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