Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
No procede la suspensión definitiva de actos de una autoridad, que no fueron reclamados por los quejosos en el amparo.
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Registro digital (IUS): 805154
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 1320
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 5978/49. Ochoa María y coagraviado. 4 de febrero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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