Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Tratándose de actos ejecutado en un procedimiento al que es extraño el quejoso, debe aceptarse, si no hay prueba en contrario, la afirmación que el propio quejoso haga respecto a la fecha en que tuvo conocimiento del acto reclamado.
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Registro digital (IUS): 805391
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 118
Queja en amparo civil 69/49. Herrera Josefina y coags. 5 de octubre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Estrada no votó por las razones expuestas en el acta del día. Ponente: Carlos I. Meléndez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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