FISCALES

Artículo IUS 805991. COOPERACION E IMPUESTO PREDIAL. NO HAY DUPLICIDAD IMPOSITIVA.

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladasexta-Épocaadministrativa

Texto Legal

COOPERACION E IMPUESTO PREDIAL. NO HAY DUPLICIDAD IMPOSITIVA.

Es inaceptable el argumento en el sentido de que la Ley de Hacienda, al establecer los derechos de cooperación, viole los principios de proporcionalidad y equidad establecidos por el artículo 31, fracción IV, de la Ley Suprema, porque establezca una doble tributación sobre la misma fuente gravable; y es inaceptable este razonamiento, porque en tanto que el predial constituye un verdadero impuesto, o sea una prestación que el Estado fija unilateralmente y con carácter obligatorio con el fin de contribuir a los gastos públicos, la cooperación es un derecho, o sea, de acuerdo con la disposición del artículo 3o. del Código Fiscal de la Federación, una contraprestación requerida por el poder público en pago de servicios de carácter administrativo prestados por él; lo que significa que se trata de dos prestaciones fiscales de carácter distinto y, por tanto, no puede hablarse de una duplicidad impositiva sobre la misma fuente, sino de dos tributos diversos, que obedecen a causas también diversas.

---

Registro digital (IUS): 805991

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXX, Primera Parte; Pág. 11

Precedentes

Amparo en revisión 6566/62. Jeannette Buere Buere. 27 de junio de 1967. Mayoría de dieciocho votos. Disidente: Ezequiel Burguete Farrera. Ponente: Ernesto Solís. Amparo en revisión 4864/61. Arturo Viniegra y coagraviado. 27 de junio de 1967. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Ernesto Solís López.Sexta Epoca, Primera Parte: Volumen L, página 89. Amparo en revisión 4183/59. María Teresa Chávez Campomanes y coagraviados. 22 de agosto de 1961. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805991 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 805991 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 805991 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 805991 FISCALES desde tu celular