Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
No estando acreditado que se haya dejado satisfecha la exigencia establecida por el artículo 115 del Reglamento de Tránsito del Estado, consistente en oír la opinión de la comisión integrada en la forma prevista por el mismo precepto, el permiso concedido a un tercero, es violatorio del concesionario anterior.
---
Registro digital (IUS): 806037
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 1158
Amparo administrativo en revisión 511/48. Domínguez Conrado y coags. 10 de mayo de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo