FISCALES

Artículo IUS 806196. POSESION PARA EL AMPARO.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

POSESION PARA EL AMPARO.

Para que exista posesión digna de ser protegida en amparo, es necesario que haya tenencia, es decir, poder de hecho sobre la cosa y que esta tenencia no constituya una mera ocupación material, sino que deba su origen a algún título que no sea notorio o indiscutiblemente ilegal, ni haya sido declarado nulo por la autoridad competente, demostrada tal posesión, el que de ella goza, no puede ser despojado sin que previamente se tramite un procedimiento dentro del cual se le den oportunidades de defenderse y presentar pruebas.

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Registro digital (IUS): 806196

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 1378

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 0003/47. Machuca Rivera viuda de Castillo María Elena. 21 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806196 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806196 de la J. Fiscales SCJN?

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