Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
El recurso ordinario establecido en la Ley General de Bienes Nacionales, no es un medio de reparación apto para cuando la autoridad se niega a autorizar la ocupación de una zona federal, en forma genuina, ya que está establecida para cuando se trata de medidas que la Secretaría de Marina hubiese tomado para obtener, mantener o recuperar la posesión de bienes del dominio público, o para remover algún obstáculo creado para su uso o destino, casos en que ninguno de los cuales está comprendida la negativa mencionada.
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Registro digital (IUS): 806222
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 2135
Amparo administrativo en revisión 6030/47. Cano Diego Juan, sucesión de. 28 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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