FISCALES

Artículo IUS 806260. TRIBUNAL FISCAL, NO DEBE CAMBIAR LOS FUNDAMENTOS DE LA DETERMINACIONES SUJETAS A SU DECISION.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

TRIBUNAL FISCAL, NO DEBE CAMBIAR LOS FUNDAMENTOS DE LA DETERMINACIONES SUJETAS A SU DECISION.

Como el Tribunal Fiscal es un tribunal de anulación, sus Salas no están facultadas para cambiar los fundamentos de las determinaciones sujetas a su decisión, lo que se explica y corrobora si se analizan las fracciones IV y V del artículo 180 del Código Fiscal, que obliga al actor a consignar en su instancia, los hechos y fundamentos de derecho en que apoye su reclamación y las pruebas que justifiquen aquellos elementos, que no pueden ser otros que los que conduzcan a atacar los razonamientos en que se apoya el acto, materia de la anulación, y por su parte, el demandado, en su contestación, deberá referirse concretamente a cada uno de los hechos que sean materia de la impugnación, como claramente lo dispone el artículo 184 del mismo ordenamiento; y las Salas del Tribunal Fiscal infringen el artículo 203 del citado código, si omiten el estudio de los puntos controvertidos y analizan otros diversos de la litis planteada.

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Registro digital (IUS): 806260

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVI; Pág. 157

Precedentes

Amparo 5508/43. C. Minaya y Compañía, sucres. 4 de octubre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Quinta Epoca:Tomo LXXVIII, página 872. Amparo administrativo en revisión 5231/43. Guadarrama Paula. 11 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Gabino Fraga no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806260 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806260 de la J. Fiscales SCJN?

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