FISCALES

Artículo IUS 806556. REQUERIMIENTOS EN EL AMPARO, NOTIFICACION DE LOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

REQUERIMIENTOS EN EL AMPARO, NOTIFICACION DE LOS.

La Suprema Corte ha sustentado la tesis siguiente: "Atentos los términos del artículo 30 de la Ley de Amparo, los requerimientos deben hacerse personalmente a los interesados, a fin de que no haya duda de que los conocieron", y con apoyo en las razones legales que la sustentan, es jurídico inferir que la notificación del auto en que se previno al tercero perjudicado justificar el valor de sus bienes, a fin de fijar el monto de la contrafianza, debió hacérsele personalmente y no por lista.

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Registro digital (IUS): 806556

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 317

Precedentes

Queja en amparo civil 22/46. Vera Everardo. 6 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806556 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806556 de la J. Fiscales SCJN?

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