FISCALES

Artículo IUS 806687. PAVIMENTOS, ILEGALIDAD DEL COBRO DE GASTOS PARA LA CONSERVACION DE LOS (LEGISLACION DE VERACRUZ).

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PAVIMENTOS, ILEGALIDAD DEL COBRO DE GASTOS PARA LA CONSERVACION DE LOS (LEGISLACION DE VERACRUZ).

Es indebido fundar en el artículo segundo de la Ley 131 de 16 de enero de 1931, relativa a la pavimentación en todas las poblaciones del Estado de Veracruz, el cobro de gastos de conservación del pavimento o de una nueva pavimentación, en virtud de que no está prevista en la ley citada, esta clase de cobros, y si se demuestra que el interesado cubrió en la parte que le corresponde, el importe de la pavimentación de la calle que le correspondía, que es precisamente a lo que faculta aquella disposición, es indudable que dicho causante no está obligado a hacer un nuevo pago, por gastos de repavimentación, ya que como se dijo, la ley no impone tal exacción.

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Registro digital (IUS): 806687

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 33

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 7479/41. Herrera Moreno Enrique, sucesión de. 5 de enero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806687 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806687 de la J. Fiscales SCJN?

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