Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Es indudable que si no se cumplen los requisitos a que se contraen los artículos del 8o. al 45 de la Ley de Planificación y Zonificación, la determinación del impuesto, tributo o taxa, por concepto de incremento de valor de los predios de una persona, que se dice quedaron afectados con las obras de una carretera, es violatoria de garantías.
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Registro digital (IUS): 807376
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2363
Amparo administrativo en revisión 906/42. Zaldívar Luis G. 8 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. El Ministro Franco Carreño hizo constar que si votó por la negativa del amparo por lo que ve a la expedición, promulgación y refrendo de la Ley de Planificación y Zonificación y de su Reglamento, en uso de facultades extraordinarias al Ejecutivo Federal. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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