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Artículo IUS 807599. ADUANAS. DELEGACION DE FACULTADES EN FUNCIONARIOS SUBALTERNOS.

Jurisprudencia · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

ADUANAS. DELEGACION DE FACULTADES EN FUNCIONARIOS SUBALTERNOS.

Los titulares de las secretarías y departamentos de Estado, pueden delegar sus facultades en favor de funcionarios subalternos, pero si bien es cierto que pueden hacer tal delegación, también lo es que ella es permisible mientras no contravengan disposiciones legales que expresamente se refieran a facultades que se hubiesen señalado a determinadas autoridades que específicamente fueron creadas para desempeñarlas, pues lo contrario implicaría que el Código Aduanero pudiera ser modificado con el pretexto de la susodicha delegación de facultades, con lo cual la autoridad administrativa estaría legislando a su arbitrio con invasión clara de las atribuciones que sólo competen al Poder Legislativo.

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Registro digital (IUS): 807599

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Tercera Parte; Pág. 100

Precedentes

Volumen CV, página 46. Amparo en revisión 2055/63. Compañía Minera Asarco, S. A. 3 de marzo de 1966. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.Volumen CV, página 46. Amparo en revisión 5806/65. Compañía Minera Asarco. S. A. 17 de marzo de 1966. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.Volumen CV, página 46. Amparo en revisión 7596/63. Compañía Minera Asarco, S. A. Cinco votos. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto ni el nombre del ponente.Volumen CV, página 46. Amparo en revisión 7921/63. Compañía Minera Asarco. S. A. 24 de marzo de 1966. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.Volumen CV, página 46. Amparo en revisión 9418/65. Compañía Minera Asarco. S. A. 28 de marzo de 1966. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807599 del FISCALES?

Jurisprudencia · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807599 de la J. Fiscales SCJN?

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