FISCALES

Artículo IUS 807817. POZO DE PROPIEDAD PARTICULAR, INCORPORACION AL SISTEMA FEDERAL DE AGUA POTABLE DE UN.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

POZO DE PROPIEDAD PARTICULAR, INCORPORACION AL SISTEMA FEDERAL DE AGUA POTABLE DE UN.

La orden de entrega de un pozo no puede ser consecuencia o repetición del acuerdo de reincorporación, porque éste no encierra en sí una orden de entrega, sino una notificación de que el pozo debe ser incorporado al Sistema Federal de Agua Potable, por eso es que en el oficio en que se contiene se cita al interesado para precisar el procedimiento a seguir para dar cumplimiento a esa incorporación.

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Registro digital (IUS): 807817

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Tercera Parte; Pág. 37

Precedentes

Amparo en revisión 902/63. Emilio Valdés. 23 de abril de 1964. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807817 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807817 de la J. Fiscales SCJN?

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