FISCALES

Artículo 50 . PERJUICIO, BASE DEL AMPARO.

Tesis aislada · Séptima Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaséptima-Épocacomún

Texto Legal

PERJUICIO, BASE DEL AMPARO.

La fracción VI del artículo 73 de la Ley de Amparo dispone que el juicio de garantías es improcedente contra actos que no afecten los intereses jurídicos del quejoso; tal disposición prevé aquellos casos en que, de la simple lectura de la demanda, aparezca que entre los actos reclamados y la disposición legal impugnada no existe nexo alguno, ni mucho menos aplicación de ésta en perjuicio de los quejosos, por lo que, la simple expedición de la ley sin acto de aplicación de la misma, no les puede parar a afectación alguna.

---

Registro digital (IUS): 808097

Clave: 50

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 7a. Época; Pleno; Informes; Informe 1977, Parte I; Pág. 310

Precedentes

Amparo en revisión 838/62. José Vázquez y coagraviados. 21 de junio de 1977. Mayoría de once votos de los Ministros: Franco Rodríguez, Castellanos Tena, Langle Martínez, Abitia Arzapalo, Lozano Ramírez, Rebolledo, Canedo Aldrete, Salmorán de Tamayo, Sánchez Vargas, Calleja García y presidente: Téllez Cruces; contra seis votos de los Ministros: Rocha Cordero, Palacios Vargas, Serrano Robles, Del Río, Mondragón Guerra y Aguilar Alvarez, emitidos en el sentido de que es improcedente el sobreseimiento del amparo y que si no hubiese alguna otra causal de improcedencia se estudie el fondo del asunto. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Efraín Polo Bernal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 50 del FISCALES?

Tesis aislada · Séptima Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 50 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 50 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 50 FISCALES desde tu celular