Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Si bien es cierto que puede demostrarse con diversos medios de prueba, que se presentó determinada documentación en la fase oficiosa del procedimiento, también lo es que si en el caso especial no existe ningún dato que permita concluir con certeza que el Departamento del Impuesto sobre la Renta, tuvo a la vista cierta documentación, que no aparece sellada, debe declararse infundada la afirmación, en el sentido de que la circunstancia de que no aparezca sellada parte de la documentación rendida como prueba en el juicio, no significa que no fue presentada en la fase oficiosa del procedimiento.
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Registro digital (IUS): 808247
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5734
Amparo administrativo en revisión 3201/43. "José A. Peña y Hermanos". 2 de septiembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. Relator: Gabino Fraga.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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