FISCALES

Artículo IUS 808466. PEQUEÑA PROPIEDAD.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PEQUEÑA PROPIEDAD.

Es improcedente conceder la suspensión contra la orden que manda devolver las tierras al dueño de la pequeña propiedad afectada por la dotación de ejidos, pues de concederse, se quebrantarían las disposiciones del Código Agrario y se afectaría el interés general, que descansa, fundamentalmente, en que el problema agrario sea resuelto pronta y debidamente, comprendiéndose en esto el respeto a la pequeña propiedad.

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Registro digital (IUS): 808466

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1684

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 8588/41. Comisariado Ejidal de la Comunidad Agraria de Etzatlán Jalisco. 20 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808466 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808466 de la J. Fiscales SCJN?

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