Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
La fracción III del artículo 163 del Código Fiscal, no limita las causas de sobreseimiento de los juicios de nulidad, al desistimiento del actor y a la revocación de la resolución o procedimiento impugnado, pues el alcance único del precepto es conceder competencia al Magistrado Semanero, para sobreseer en los juicios por las causas indicadas. Fuera de estos casos, las Salas del Tribunal Fiscal, podrán dictar, de oficio a petición de parte, según lo ordena la fracción II del artículo 196 de la ley en consulta "los sobreseimientos que procedan, respecto de las cuestiones que impidan se emita una decisión en cuanto al fondo".
---
Registro digital (IUS): 808467
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3166
Amparo administrativo en revisión 3886/42. Pedrero Hipólito S. 5 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 808466. PEQUEÑA PROPIEDAD.
Siguiente
Art. I.7o.A.121 A (10a.). JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. DEBE NEGARSE VALOR PROBATORIO A LOS DOCUMENTOS CON LOS CUALES SE PRETENDE ACREDITAR LA PROCEDENCIA Y EL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS OBJETO DEL PROCEDIMIENTO DE FISCALIZACIÓN CUYA RESOLUCIÓN SE IMPUGNA, SI EN SEDE ADMINISTRATIVA SE DESESTIMARON LOS EXHIBIDOS CON ESA FINALIDAD POR MOSTRAR ALTERACIONES.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo