FISCALES

Artículo IUS 808833. PETROLEO, IMPUESTOS AL (LEY NUMERO 47 DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PETROLEO, IMPUESTOS AL (LEY NUMERO 47 DEL ESTADO DE VERACRUZ).

La circunstancia de que la ley número 47 de 16 de enero de 1929, al crear impuestos sobre regalías por explotaciones de fundos petroleros, se refiere a contratos celebrados con anterioridad a la vigencia de la Ley del Petróleo, en ninguna forma viene a significar que el cobro de esos impuestos sea constitucional, porque aun cuando el contrato que originó la regalía haya sido anterior al primero de mayo de 1917, el impuesto que se trata de cobrar, se refiere a la explotación actual del subsuelo, que sólo puede ser gravado por leyes federales.

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Registro digital (IUS): 808833

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1303

Precedentes

Amparo administrativo 1759/31. Betancourt Melitón, sucesión de. 30 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808833 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808833 de la J. Fiscales SCJN?

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